jueves, 8 de agosto de 2024

La Corte Internacional de Justicia ha puesto fin a la artimaña de Oslo

El fallo de la CIJ de que el derecho internacional protege los derechos de los palestinos y que éstos no necesitan negociar con sus opresores para obtener esos derechos, asestó un golpe definitivo a décadas de esfuerzos occidentales por situar a Israel fuera del alcance de la ley.
Yitzhak Rabin, Bill Clinton, Yaser Arafat. Oslo: Septiembre 13, 1993

Craig Mokhiber, Mondo Weiss

Israel está siendo juzgado por genocidio en la Corte Internacional de Justicia (CIJ). El fiscal de la Corte Penal Internacional (CPI) ha solicitado órdenes de arresto contra los dirigentes israelíes por crímenes contra la humanidad. Millones de personas en todo el mundo, palestinos, judíos, musulmanes, cristianos, estudiantes, trabajadores y otros, se están movilizando para desafiar el colonialismo israelí, el apartheid y el genocidio. El muro de impunidad de 76 años de antigüedad, construido ladrillo a ladrillo por los Estados Unidos, el Reino Unido y otros gobiernos occidentales, está empezando a desmoronarse.

El 19 de julio, la CIJ emitió una sorprendente opinión consultiva en la que dictaminó que el derecho internacional protege los derechos de los palestinos y que éstos no necesitan negociar con sus opresores esos derechos en virtud de Oslo o de cualquier otro marco político, lo que asestó un golpe definitivo a décadas de esfuerzos estadounidenses y occidentales por situar a Israel fuera del alcance del Estado de derecho. Con esa simple declaración, la Corte puso fin a tres décadas de excepcionalismo israelí basado en la artimaña de Oslo como barrera a la aplicación del derecho internacional.

Sin embargo, la causa de los derechos humanos del pueblo palestino tiene por delante un camino muy difícil. El proyecto sionista en Palestina, apoyado por Occidente, lleva décadas de ventaja en la construcción de sus muros opresivos, tanto literales como figurativos.

Sentando las bases del excepcionalismo jurídico


Uno de esos muros, cuyos cimientos se pusieron ya en 1947 y 1948, es el muro del excepcionalismo jurídico. Antes de que se secase la tinta de la Declaración Universal de Derechos Humanos y de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Genocidio, las nacientes Naciones Unidas, controladas por Occidente, forjaron una excepción para Israel, que debía estar efectivamente por encima de la ley.

En Palestina, esto empezó con la partición forzosa de la tierra, que violaba directamente las prohibiciones jurídicas internacionales sobre la adquisición de territorio por la fuerza y la negación de la autodeterminación indígena. A esto le siguió el fracaso abyecto de la ONU y Occidente a la hora de intervenir para detener la limpieza étnica genocida de Palestina que fue la Nakba de 1947-1948. Si bien se adoptaron resoluciones críticas y gestos simbólicos en la ONU, Occidente se puso a trabajar seriamente al mismo tiempo para ayudar y armar a Israel con el fin de hacerlo inmune a los dictados externos del derecho internacional y para desempoderar y deshumanizar al pueblo palestino, para evitar cualquier amenaza interna real al proyecto colonial.

Cuando a finales de los años 60 y 70 el control occidental de la Asamblea General de las Naciones Unidas empezó a debilitarse, como resultado de la entrada en la ONU de una ola de nuevos estados independientes del sur global, la marea empezó a cambiar. El pueblo palestino encontró un nuevo apoyo para su lucha entre los nuevos estados independientes y la Unión Soviética abandonó la postura prosionista de Stalin en favor de una postura de apoyo a los palestinos indígenas. En la propia ONU, las posiciones declaratorias anteriores sobre los derechos humanos se estaban codificando en tratados internacionales vinculantes, el principio de autodeterminación emergió como una norma global central y el movimiento por la descolonización global estaba en ascenso. Como resultado, incluso cuando Occidente redoblaba su apoyo, Israel y su colonización sionista de Palestina enfrentaron un aislamiento cada vez mayor. En los años 70, la ONU había afirmado el derecho a resistir la ocupación extranjera, la dominación colonial y los regímenes racistas, y había declarado que el sionismo era una forma de racismo y discriminación racial. La ONU establecería mecanismos especiales de derechos humanos para monitorear los derechos humanos del pueblo palestino. Estos acontecimientos estaban socavando el proyecto occidental de excepcionalismo israelí y empezaban a amenazar la impunidad israelí.

Pero justo cuando el enfoque centrado en el derecho internacional en relación con Palestina estaba ganando terreno, el fin de la Unión Soviética trajo consigo una nueva era unipolar de dominio estadounidense en gran medida sin control. Estados Unidos y sus aliados occidentales se pusieron a trabajar para aislar a Israel de las críticas legales y de derechos humanos en las Naciones Unidas, revocando la resolución que declaraba que el sionismo era una forma de racismo y siguiendo la Conferencia de Madrid con lo que finalmente se convertiría en el proceso de Oslo, en el que los derechos palestinos quedarían a discreción de su ocupante israelí y su patrocinador estadounidense.

Así, la década de 1990 comenzó con un esfuerzo concertado de Estados Unidos para dejar de lado el derecho internacional y los derechos humanos, que favorecían la posición palestina, en favor de las negociaciones políticas, que Estados Unidos dominaría, actuando a favor de Israel. Los palestinos se vieron obligados ahora, sin el beneficio del derecho internacional, a negociar sus derechos no sólo con quienes los ocupaban y oprimían, sino también con la única superpotencia mundial que era el aliado más cercano del ocupante. El desempoderamiento del pueblo palestino era prácticamente completo.

Durante los tres decenios siguientes, la situación de los palestinos sobre el terreno siguió deteriorándose, mientras la represión israelí y la actividad de asentamientos continuaban a buen ritmo tras la cortina de humo de Oslo. De hecho, los acuerdos de Oslo fueron cuidadosamente elaborados, en parte, para impedir acciones legales contra Israel por la violación de los derechos humanos palestinos. Israel aprovechó esta oportunidad de mayor impunidad para llevar a cabo más de treinta años de robo de tierras, desalojos, expansión de asentamientos y persecución de palestinos indefensos en todos los territorios ocupados. Oslo fue, en esencia, una mina de oro para los crímenes de guerra.

Por su parte, Estados Unidos y sus aliados occidentales desplegaron todo su poder diplomático, militar y económico para apuntalar la impunidad israelí e insistir en que la aplicación del derecho internacional a la cuestión era inadecuada e “inútil” para las negociaciones y la paz.

Las grietas comienzan a surgir


Las grietas en el muro de impunidad de Israel se abrirían especialmente después de que un nuevo gobierno de extrema derecha tomara el poder en Israel en 2023. Ese gobierno, formado por una mezcolanza de algunos de los fascistas, supremacistas, colonos y criminales de guerra más odiosos del país, abandonaría de inmediato la política israelí de genocidio progresivo (apoyada por Occidente) de 75 años, en favor de una política de genocidio acelerado. Pasó inmediatamente a ampliar los asentamientos, a aumentar los ataques y llevar a cabo pogromos en ciudades y pueblos palestinos en Cisjordania, a desalojar a familias palestinas en Jerusalén Oriental, a codificar aún más el apartheid en la ley (basándose en la discriminatoria Ley del Estado Nacional de 2018) y a detener a cientos de prisioneros políticos adicionales. Después del ataque al sur de Israel por parte de grupos armados de la resistencia palestina en octubre, Israel lanzó una despiadada campaña de aniquilación contra el pueblo de Gaza e incrementó aún más sus ataques contra los palestinos en Cisjordania, incluida Jerusalén Oriental.

Tan atroz fue el ataque genocida de Israel contra Gaza, que aplicó un asedio medieval y una política de tierra quemada contra 2,3 millones de seres humanos enjaulados, cortándoles toda comida, agua, combustible y medicinas, masacrando a decenas de miles, cometiendo torturas sistemáticas, destruyendo hogares, campos de refugiados, hospitales, escuelas, universidades, instalaciones humanitarias y de la ONU, imponiendo intencionadamente enfermedades y hambruna, matando a civiles con rifles de francotirador y dejando a la mayor parte de Gaza en el suelo, que los mecanismos legales internacionales, silenciados durante mucho tiempo, se vieron incapaces de resistir la demanda pública de rendición de cuentas. La mordaza de Oslo impuesta por Estados Unidos se estaba deshilachando y el derecho internacional comenzó a alzar su voz justa.

Tanto la CIJ como la CPI estaban observando. Eran conscientes de que, en el tribunal de la opinión pública, alimentada por un sinfín de imágenes de horror genocida transmitidas en vivo por todo el mundo (y una percepción de larga data de un doble rasero occidental en los mecanismos internacionales), era el propio derecho internacional el que estaba siendo juzgado, incluidas estas instituciones judiciales. O bien estos tribunales actuarían, o quedarían deslegitimados para siempre. Hay que reconocerles el mérito de haber tenido el coraje de hacer frente a la presión occidental (incluidas las amenazas directas al personal de los tribunales por parte de las agencias de inteligencia israelíes y de funcionarios de los gobiernos occidentales). A petición de Sudáfrica, la CIJ se reunió para considerar una acusación de genocidio contra Israel, dictaminó que era plausible y ordenó varias rondas de medidas provisionales para que Israel detuviera sus acciones criminales. El fiscal de la CPI, después de años de demoras y evasivas en el caso de Palestina, solicitó órdenes de arresto contra el primer ministro y el ministro de Defensa de Israel por crímenes contra la humanidad. Ambos procesos siguen en curso, lo que plantea el espectro de una verdadera rendición de cuentas por los crímenes internacionales de Israel por primera vez desde que se lanzó el paradigma de Oslo.

Los golpes finales al statu quo


Pero luego la CIJ hizo algo más. El 19 de julio de 2024, falló sobre una solicitud de opinión consultiva presentada por la Asamblea General de la ONU, estableciendo con asombrosa claridad jurídica los derechos del pueblo palestino y los requisitos del derecho internacional en el territorio palestino ocupado.

La Corte determinó definitivamente que Israel estaba cometiendo apartheid y segregación racial, que toda Cisjordania, Jerusalén Oriental y Gaza son territorios ocupados, que la ocupación es ilegal, que Israel debe eliminar todos los asentamientos, colonos, soldados e infraestructura de ocupación, desmantelar el muro del apartheid en Cisjordania, brindar reparaciones a los palestinos y permitir que todos los expulsados regresen a sus hogares.

Igualmente importante, la Corte dijo que todos los estados tienen la obligación legal de no reconocer ni ayudar a la ocupación y están obligados a ayudar a poner fin a la ocupación de Israel y otras violaciones. Y determinó que todos los estados deben poner fin a todas las relaciones de tratados con Israel que se relacionen con los territorios palestinos, cesar todas las relaciones económicas, comerciales y de inversión conectadas con los territorios ocupados. De esta manera, la CIJ ha otorgado una clara autoridad jurídica internacional al movimiento contra el apartheid y al llamamiento al boicot, la desinversión y las sanciones.

Fundamentalmente, rechazó los argumentos de los Estados Unidos y otros gobiernos occidentales que pretendían afirmar que la Corte debería atenerse a las negociaciones posteriores a Oslo entre el ocupante y el ocupado, y a la política del Consejo de Seguridad, en lugar de a la aplicación del derecho internacional.

Al rechazar estas afirmaciones, la Corte declaró que esas negociaciones y acuerdos no prevalecen ni pueden prevalecer sobre los derechos de los palestinos y las obligaciones de Israel en virtud de las normas internacionales de derechos humanos y el derecho humanitario. La Corte determinó en primer lugar que, en cualquier caso, las partes tienen que ejercer los poderes y responsabilidades que les corresponden en virtud de esos acuerdos con el debido respeto a las normas y principios del derecho internacional.

Invocando el artículo 47 del Cuarto Convenio de Ginebra, la Corte dio por concluido el asunto de manera definitiva, recordando a los Estados que, como cuestión de derecho, “la población protegida no será privada de los beneficios del Convenio por ningún acuerdo celebrado entre las autoridades de los territorios ocupados y la Potencia ocupante”. “Por esta razón”, continuó la Corte, “los Acuerdos de Oslo no pueden entenderse como un menoscabo de las obligaciones de Israel en virtud de las normas pertinentes del derecho internacional aplicables en el Territorio Palestino Ocupado”.

En términos simples, la Corte afirmó que los palestinos son seres humanos con derechos humanos, que no necesitan negociar sus derechos humanos con su opresor y que Israel no está por encima de la ley.

Sin duda, Estados Unidos y sus aliados occidentales intentarán resucitar a los rusos de Oslo en defensa de su proyecto colonial en Palestina. Al hacerlo, invocará “el orden basado en reglas” (es decir, el gobierno imperial dictado por Estados Unidos) y rechazará el derecho internacional (derecho universal codificado que se aplica a todos los Estados). Pero la fecha de caducidad de esos trucos ha expirado. El movimiento por la liberación palestina, por el boicot, la desinversión y las sanciones, y por el fin del colonialismo, el apartheid y el genocidio en Palestina, crece día a día. Ese movimiento se ha fortalecido aún más con los recientes avances en el derecho internacional. Y la CIJ finalmente ha clavado una estaca en el corazón del vampiro de Oslo.


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