sábado, 10 de octubre de 2015

Posibles planes y escenarios para la salida del euro

Vincent Brousseau, Rebelión

Se trata de considerar técnica y políticamente las vías y los instrumentos posibles para abandonar el euro.

Tratamos de establecer que la salida del euro es una condición necesaria, pero no suficiente, para la recuperación de la soberanía popular, así como examinar todas las alternativas en un escenario post-euro y responder a la cuestión de saber cómo hacer frente a los consiguientes cambios en la economía.

Vamos a estudiar cuáles son los posibles planes y escenarios para la salida del euro. Se trata de considerar técnica y políticamente las vías y los instrumentos posibles para abandonar el euro. En el breve espacio de esta presentación no podré, por supuesto, entrar en los detalles, pero responderé con gusto a las preguntas de los participantes. Vamos a considerar cuatro aspectos: los billetes de banco, las transacciones interbancarias, los controles de cambios y de capitales y la conversión (o “redenominación”) de la deuda soberana. La vía propuesta sería aplicable en la mayoría de los países del euro, pero conviene subrayar que el caso de Grecia queda al margen, debido a diversos aspectos de la complicada situación de dicho país.

1. Billetes de banco

En el momento de la salida de un país, los billetes en euros dejan de ser de curso legal en ese país. Hay, por tanto, que sustituirlos por billetes en moneda nacional. Ahora bien, las planchas de billetes pueden haber sido destruidas y puede que no se haya producido una cantidad suficiente de billetes de reserva (si bien esto es poco probable en el caso de los países más ricos, cuyo aparato estatal se halla menos desorganizado que el de Grecia).

La solución más simple y más comúnmente imaginada se basa en los ejemplos recientes de liquidación de una unión monetaria: marcar los billetes en circulación para invalidarlos como euros y validarlos como billetes de la nueva moneda nacional hasta que se pongan en circulación los primeros billetes nacionales. ¿Es posible aplicar esta solución?

Es posible a condición de respetar una regla muy importante: hay que marcar únicamente billetes que no estén realmente en circulación, sino depositados como reserva en el banco central del país que sale del sistema (por ejemplo, en el Banco de España, si se trata de dicho país).

En efecto, los euros en circulación se convierten en deuda contraída por el banco central con sus homólogos del eurosistema en el momento mismo de la salida, mientras que con los billetes que no están en circulación, sino en posesión del banco central, eso no ocurre. El error, pues, de marcar los billetes circulantes podría resultar astronómicamente caro.

Pero ¿serán suficientes los depósitos del banco central? Sí, pues se trata tan sólo, en definitiva, de cebar la bomba. Los bancos comerciales del país que sale del sistema, que están sometidos a la autoridad del Estado por mucho que les guste hacer creer lo contrario, recibirán la orden de remitir al banco central los billetes que pasen por sus manos, de manera que las cosas irán bastante deprisa y la cantidad de billetes que podrán marcarse no será un problema.

Dejemos claro que el banco central se deshace de su deuda frente a sus homólogos en el momento en que retira el billete de la circulación, no en el momento en que decide devolvérselo a aquéllos. Y no tiene por qué devolverlo, pues un billete de euro que el banco central guarda en depósito no es dinero, es decir, no cuenta como parte de la masa monetaria. Por consiguiente, al reabsorber los billetes denominados en euros reduce en la misma medida su deuda (esto viene a ser el componente en billetes de la “prima de salida”) sin perder por ello la posibilidad de reutilizar esos mismos billetes, una vez marcados, como billetes provisionales de la nueva moneda.

2. Transacciones interbancarias

“Target 2” es un sistema informático que incluye componentes nacionales. Es posible, por tanto, desconectar el país X de Target 2 sin dejar de utilizar dicho sistema para la realización de pagos en el interior del país. Basta con bloquear los pagos transfronterizos.

Al convertirse la moneda del país X en una moneda distinta del euro residual en el momento de la salida, se plantea la cuestión de las operaciones cambiarias entre la moneda X y dicho euro residual. Antes de la salida, dichas operaciones no existían. Después de la salida basta con utilizar simplemente el sistema anterior al euro, que es todavía el sistema actual cuando se hacen operaciones de cambio, por ejemplo, de francos suizos a dólares, de dólares a yenes o de yenes a euros. Este sistema es el de los corresponsales bancarios, y las instituciones financieras conservan el hábito de utilizarlo, pues es el que emplean para los cambios de euros por otras divisas o de otras divisas entre ellas. Las dos partes en el intercambio, que tienen su sede en jurisdicciones monetarias diferentes, tienen, cada una, una cuenta abierta en un banco corresponsal residente en la jurisdicción monetaria de la otra parte. La porción del importe total denominada en la divisa A se liquida mediante transferencia entre la parte que tiene su sede en la zona A y el banco sito en la misma zona que ejerce como corresponsal de la parte domiciliada en la zona B, y recíprocamente para la porción denominada en la divisa B. Nada nuevo en este punto.

3. Controles de cambios y de los movimientos de capital

El país saliente estimará prudente establecer una cierta versión mínima de control de cambios y de los movimientos de capital, a fin de prevenir los riesgos de especulación contra su nueva divisa. Sin embargo, no es forzoso imponer medidas de freno tan potentes como las de China, cuya divisa, conviene recordarlo, no es convertible. Creo que la solución más simple, y que además resultaría innovadora, sería gravar las entradas y salidas rápidas, es decir, las sucesiones rápidas de transacciones de grandes importes en sentidos sucesivamente inversos. Esto no es posible en el seno de una unión monetaria, pero se hace necesario desde el momento en que el país saliente pasa a tener una moneda nacional. En efecto, los bancos comerciales con sede en la jurisdicción de dicho país se convierten en punto de paso obligado para las mencionadas transacciones de ida y vuelta, y se puede obligar a dichos bancos comerciales a comunicar esos movimientos a su banco central.

4. Redenominación de la deuda soberana

El país saliente tiene una deuda constituida en su mayor parte por obligaciones estandarizadas (en el caso de Francia, las OAT, BTAN y BTF). Cuando esta deuda es de derecho nacional (lo que es el caso de Francia, pero ya no el de Grecia a partir del acuerdo de 21 de febrero de 2012), esta deuda queda automáticamente redenominada en la nueva divisa nacional (es lo que se conoce como lex monetae). El argumento recurrente de la propaganda pro-euro, según el cual Francia, una vez fuera del euro, quedaría aplastada bajo el peso de su deuda, que seguiría estando en euros, es, por consiguiente, una vez más, un argumento falaz.

Puede, no obstante, quedar una parte residual de la deuda del Estado constituida por títulos emitidos con arreglo a una ley extranjera. En ese caso, y salvo que el euro como tal desaparezca por completo, la redenominación se ha de hacer, probablemente, en euros residuales, es decir, en la moneda de los países que sigan en la zona euro (una moneda que se seguirá llamando euro pero que no será idéntica al euro anterior a la salida del antiguo país miembro). El gobierno del país saliente puede, no obstante, proponer a los titulares una redenominación en moneda nacional y aplicar una carga impositiva mayor a los títulos no redenominados en moneda nacional. Eligiendo con buen juicio el tipo de recargo se incitaría a los titulares a aceptar la redenominación en moneda nacional.

5. Conclusión

En resumen, y dejando aparte el caso de un país en situación tan difícil como Grecia, todas las palancas necesarias para llevar a cabo la salida de un país están al alcance de los poderes de su Estado. Hay que añadir que el proceso encierra muchas menos incógnitas que el proceso inverso, es decir, la entrada de los primeros países en la zona euro, pues se trata de volver a un estado anterior, ya conocido, y no de avanzar hacia una situación desconocida.

La gestión de una salida no entraña una dificultad tan grande que no hubiera podido resolverse, hace ya tiempo, si la noción misma de salida no se hubiera convertido en un tabú. En una situación normal, las modalidades de salida deberían, además, haber quedado especificadas en los acuerdos previos a la entrada y, si hubiera sido así, a estas alturas de 2015 habrían sido objeto de un estudio y conocimiento completo y estarían perfectamente definidas. Que no haya sido así y que se deban amontonar los planes secretos para hacer frente a la eventualidad de una salida tiene sólo una explicación: la voluntad deliberada de hacer impensable la idea misma de salida. Esta decisión, adoptada por los padres fundadores del euro, representa una negación de la democracia de una dimensión sin precedentes. La historia juzgará. Esperemos que unos tribunales más concretos puedan también, llegado el momento, emitir su veredicto.

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