Varias instituciones académicas decidieron documentar los actos de la agresión israelí contra la población de la Franja y concluyeron, sin margen de duda, que constituye un delito de Genocidio, prohibido por las normas sin excepción alguna
Ante la palpable posibilidad de un genocidio intencional cometido por el gobierno de “Israel” en la Franja de Gaza, varias instituciones decidieron documentar el caso a la luz del Derecho Internacional, norma que prohibe ese delito sin admitir excepción alguna.
Los expertos involucrados en el análisis exhaustivo de los hechos, desde el el 7 de octubre pasado hasta inicios de mayo, pertenecen a la Red Universitaria de Derechos Humanos; las clínicas internacionales de Derechos Humanos adscritas a facultades de la Universidad de Boston y la de Cornell; el Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Pretoria y el Proyecto Lowenstein, de Yale.
Según un comunicado del equipo, la investigación se sitúa en el contexto histórico pertinente, en un conflicto israelo-palestino de varias décadas.
Desde la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, aprobada en 1948, y la interpretación de las cortes y tribunales internacionales, es posible hablar de genocidio cuando el perpetrador lleva a cabo una matanza, lesión grave o sometimiento intencional de un grupo humano al punto de acarrear su destrucción física, total o parcial; con intención de desaparecerlo.