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viernes, 4 de diciembre de 2015

La Democracia y el sistema financiero internacional

Sacha Llorenti, Celag.org

El caso de la lucha de la República Argentina en contra de los “fondos buitre” ocupó la atención mundial. Argentina, miembro del G20 y actor de peso en la diplomacia mundial, enfrentó una de las características más ostensiblemente perniciosas del sistema financiero. Un relativamente pequeño grupo de acreedores privados intentó frenar la reestructuración de la deuda argentina, pretendiendo multiplicar sus ganancias simplemente por obra y gracia de la especulación y de la rapacería permitida.

No solamente eso, sino que la ausencia de normas de derecho internacional sobre los procesos de reestructuración de deuda permitió que un solo juez, de un país (por más grande que fuere) se atribuyera la jurisdicción de trabar el ejercicio soberano de todo Estado de reestructurar su deuda. Argentina movilizó a las organizaciones subregionales, regionales y globales más importantes en torno a su causa. MERCOSUR, UNASUR, ALBA, CELAC y el G77 se pronunciaron favorables a las demandas argentinas.

Un asunto de musculatura

Mientras que los casos de Grecia y Argentina aparecen permanentemente en las portadas de los periódicos y en los debates televisivos, las crisis de deuda se incuban y aparecen con menor parafernalia en otras latitudes. Un par de ejemplos.

La República Democrática del Congo durante su guerra civil cayó en impago de sus deudas. El fondo FG Hemisphere compró 3 millones de dólares de sus deudas en descuento. El fondo rechazó participar en los esquemas de alivio de deuda y demandó judicialmente al gobierno congolés reclamando 100 millones de dólares. Persiguiendo los bienes del gobierno, las cortes australianas otorgaron 32 millones de dólares a favor de ese fondo especulativo con una ganancia de más de 1000 por ciento.

En Zambia, el fondo llamado Donegal compró por 3,2 millones de dólares los 44 que ese país africano debía a Rumania. Donegal demandó al gobierno y acordó un pago de 16 millones. Después de que Zambia incumpliera un pago, el fondo demandó nuevamente al gobierno en cortes del Reino Unido exigiendo el pago de los 44 millones. Donegal ganó 17.5 millones, logrando una ganancia de 540 por ciento.

Se han hecho varios llamados para desarrollar nuevas formas de encarar y administrar esas vulnerabilidades con el menor impacto social y económico posible. La clarificación hecha sobre la aplicación de la cláusula Pari Passu y la incorporación de las claúsulas de acción colectiva son pasos todavía demasiado tímidos para encarar este tipo de problemas.

Los efectos fueron importantes, el caso argentino fue presentado ante el Grupo de los 77, durante la presidencia de Bolivia, y a partir de ese momento se inicia un proceso multilateral que pretende llenar un vacío en el derecho internacional. El G77 conformado por dos tercios de la membresía de la Naciones Unidas propuso una resolución a la Asamblea General de la ONU para elaborar un marco jurídico multilateral para los procesos de reestructuración de deuda soberana. Para ese efecto, se creó un comité especial que sesionará a finales de julio y que es presidido por Bolivia.

Vale la pena detenerse un momento a describir el resultado de la votación de esa resolución. 124 países votaron a favor, 41 se abstuvieron y 11 votaron en contra. Los últimos, encabezados por Estados Unidos, argumentaron que no le correspondía a la Asamblea General tratar ese tema, sino que la institución especializada para ese efecto es el Fondo Monetario Internacional.

El asunto no es de especialización. La Asamblea General de la ONU es el órgano más importante y democrático del sistema. En ella, cada país tiene exactamente la misma capacidad de voto que cualquier otro. Así, los 11 países que votaron en contra de la resolución llegan a aproximadamente al 6% de los votos en la Asamblea General. Sin embargo, esos mismos 11 países, debido al sistema de cuotas del FMI llegan a controlar casi el 40% de los votos.

En ese contexto, no es casualidad que Bolivia haya liderado el tratamiento del tema tanto en el G77 como en el comité de deuda, su fuerte estabilidad económica, su capacidad financiera y el ejercicio de su soberanía política le permiten actuar sin subordinaciones ni condicionamientos.

El sistema financiero internacional es adicto a la deuda y la desregulación de la deuda soberana fomenta la especulación y la violación de la soberanía. Las vulnerabilidades y los problemas que surgen en un país pueden rápidamente expandirse a otros. Por esta razón, como apunta el premio Nobel de economía Joseph Stiglitz: “la reciente crisis en Europa es sólo el más reciente ejemplo de los altos costos – tanto para acreedores como deudores- marcada por la ausencia de un estado de derecho para resolver las crisis de deuda soberana”. Por tanto, es imprescindible la elaboración de un marco multilateral para los procesos de reestructuración de la deuda soberana.

Asimismo, los ejemplos utilizados en estas líneas demuestran que la ausencia de democratización del sistema financiero profundizará las asimétricas relaciones entre los centros y las periferias financieras; incrementará las marcadas diferencias entre acreedores y deudores generando desconfianza e inestabilidad; y pavimentará el camino hacia nuevas crisis.

La aprobación en la Asamblea General de la ONU de los Principios Básicos de Reestructuración de Deuda Soberana, a través de la Resolución 69/319 el 10 de septiembre de 2015 es un ejemplo claro de cómo pueden y deben transformarse en beneficio colectivo.

Tanto en Grecia, a través de un histórico referéndum; como en la ONU, a través de la votación de la mayoría de los Estados miembros, es la legitimidad de la democracia la que está poniendo en jaque al sistema financiero. Son los votos en las urnas griegas y en las Naciones Unidas que reclaman un sistema financiero más justo y más humano.

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