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jueves, 27 de agosto de 2009

Cómo los paraísos fiscales crearon una crisis

Sol Picciotto, Tax Justice Network, Rebelión

Los bancos emplean extensos equipos de gente con elevadas retribuciones para diseñar transacciones, principalmente con la finalidad de evadir impuestos. Estas actividades parece que son mucho más productivas que el rutinario negocio de gestionar pagos y canalizar ahorros hacia inversiones. ¿Por qué?

La respuesta revela la estrecha ligazón entre evasión fiscal y especulación que ha alimentado la inestabilidad financiera durante 30 años. Está claro que ha habido otras causas de la actual crisis, pero han contribuido en gran medida los fallos del sistema fiscal internacional.

La coordinación fiscal internacional depende de tratados basados en un modelo ideado hace 80 años. Para evitar la doble imposición, en general los tratados otorgan a los gobiernos el derecho sobre las rentas de una inversión en el país de residencia del inversor. Mientras que los beneficios empresariales tributan en el país “de la fuente”, donde tienen lugar las actividades.
Sin embargo, durante la mayor parte del siglo pasado, la inversión internacional estuvo dominada por las corporaciones internacionales, que podían escoger el emplazamiento de sus fuentes de fondos y organizar las estructuras de capital de sus filiales. Esto les permitía idear técnicas para asegurarse que no tributaban injustamente según los criterios referidos, explotando las ambigüedades en los conceptos de residencia y de fuente y utilizando entidades legales constituidas en jurisdicciones convenientes. Asimismo, tales métodos fueron explotados, con menos legitimidad, por gentes ricas resentidas con los impuestos sobre las rentas altas.

La relajación y el abandono final de los controles de cambio en los años setenta llevaron al florecimiento de las finanzas “offshore” y a un auge de los paraísos fiscales. Estos dependen tanto del fraude fiscal declarado como de la explotación de las zonas grises de la evasión fiscal. Comoquiera que las grandes multinacionales son por igual entidades financieras y empresariales, disponen de libertad para idear estructuras financieras complejas; e incluso mucho más las entidades financieras como los bancos.

Según dos encuestas separadas de la US Government Accountability Office y de Tax Justice Network, era un banco el mayor usuario de paraísos fiscales en cada país de la encuesta. Las autoridades fiscales tienen enormes problemas para descifrar esas estructuras. Si pueden lograrlo, a menudo les resulta difícil caracterizarlas como ficticias.

Los principales países inclusive albergan también a los principales centros financieros, desde los cuales se dirigen estas actividades. Las autoridades tributarias en estos países, no menos en los EEUU y en el Reino Unido, se han visto intimidadas aceptando estas actividades por miedo a perder los negocios financieros.

Tomemos, por ejemplo, los fondos de alto riesgo (hedge funds). Las autoridades fiscales de los EEUU y del Reino Unido han aceptado una interpretación laxa de las normas de la residencia y de la fuente, al aceptar que estos fondos son residentes y que sus beneficios tienen como fuentes los centros offshore (la mayoría en las Islas Caimán), incluso aunque estén realmente gestionados desde Londres y Nueva York. No solamente son tratadas las ganancias de estos fondos como obtenidas en las Caimán, y por tanto, no imponibles sino que su distribución no está sujeta a la retención fiscal, para gran beneficio de sus inversores. El emplazamiento de estos fondos en una jurisdicción con secretismo facilita la evasión fiscal y es una invitación abierta al fraude.
Para las multinacionales y los inversores ricos los puntos son los mismos: las rentas de las transacciones financieras tributan al final a un tipo cero o bajo, haciéndolas mucho más rentables que los auténticos esfuerzos empresariales. Esta distorsión del sistema fiscal en gran medida ha alimentado los excesos de liquidez canalizados hacia las transacciones financieras especulativas. El sistema del secretismo offshore ha sido un elemento principal de opacidad que ha socavado la regulación financiera y corporativa.

Los remedios radican en reformas fundamentales de la cooperación para la regulación internacional fiscal y financiera y en su coordinación. La cooperación fiscal internacional requiere un sistema multilateral e integral para la obtención y el intercambio de información para todos los fines tributarios, con salvaguardas apropiadas para los contribuyentes. El requerimiento a las multinacionales para que desglosen su información contable por cada país en el que hacen negocios, inyectaría al sistema la tan necesitada transparencia. La reforma debería incluir un giro hacia la tributación unitaria, que la mayoría de los especialistas internacionales en materia fiscal reconocen que debería haber se adoptado ya. Esto sería preferible a las nuevas propuestas de la Administración Obama para retocar las normas estadounidenses sobre pagos diferidos de impuestos.

Estas reformas harían más efectivo y justo al sistema tributario internacional y eliminaría una de las pretendidas justificaciones para los paraísos fiscales. Generarían amplias reducciones de costes e incluso la supresión de los departamentos bancarios que se ingenian planes distorsionadores y despilfarradores con fines fiscales.

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