miércoles, 28 de enero de 2015

El Banco Mundial en el banquillo de los acusados

Nathalie Janne d'Othée, CADTM

A principios de diciembre del año pasado, el CADTM invitó a varias organizaciones a reunirse con Najib Akesbi, profesor e investigador marroquí actualmente en pleitos contra el Banco Mundial. El asunto merece atención, ya que era la primera vez que el Banco Mundial aceptaba una citación a comparecer… para finalmente invocar su inmunidad. El proceso, aunque no llegó a buen término, sin embargo suscitó algunas cuestiones en cuanto a la credibilidad y la rendición de cuentas de la institución financiera internacional.

El proceso era sobre una investigación denominada «Ruralstruc» llevada a cabo por el Banco Mundial. A finales de 2005 Najib Akesbi fue contactado por un investigador del IRAD francés, puesto a disposición del Banco Mundial para coordinar el programa de investigación en cuestión. Akesbi aceptó y se comprometió con sus colegas Mohamed Mahdi y Driss Benatya porque dicho programa se adaptaba al campo de investigación en el que se ocupan desde hace muchos años. El Instituto Agronómico y Veterinario Hassan II de Rabat, donde trabajan los investigadores, aceptó llevar a cabo la primera fase de la investigación, que elaboraba el marco en el cual se analizarían los datos de la segunda fase. Los resultados de esta primera fase fueron interesantes e incluso dieron lugar a una publicación en 2008. Para la segunda fase, el Banco Mundial llamó a una oficina de investigación marroquí para la fase operativa de recogida de tierra y análisis de los datos. Dicha oficina, por su parte, firmó un contrato de consultoría con los investigadores que habían trabajado en la primera fase. Los investigadores enseguida se dieron cuenta de que los datos recogidos no eran fiables debido a numerosas carencias en la fase de recolección de los datos y su tratamiento. Pidieron acceso a la base de datos con el fin de recuperar lo que se pudiera, pero se lo negaron. Tras repetir la petición, por añadidura les rescindieron el contrato. Y, más grave todavía, paralelamente los socios del Banco Mundial ordenaron a la oficina de investigación que modificara arbitrariamente los datos (es decir, que los falsificara) y los incluyera en el informe final a espaldas –y contra la voluntad- de los investigadores marroquíes.

Frente a esos actos tan graves, los investigadores acudieron a las instancias de «mediación y ética» del Banco Mundial, sin resultados. Después interpelaron a los otros socios del proyecto, entre ellos el CIRAD, la AFD y el FIDA, sin ningún resultado. Finalmente se dirigieron a los responsables políticos marroquíes (Gobierno, Parlamento) pero tampoco obtuvieron respuesta. Por lo tanto, en último recurso, Najib Akesbi y sus colegas optaron por los tribunales. La demanda es por «delito de falsedad; falsificación y uso de documentos falsos y usurpación de bienes y nombres», basándose en el hecho de que el Banco Mundial publicó un estudio donde ellos fueron «usurpados» y donde algunos resultados están falsificados (1).

¿A quién rinde cuentas el Banco Mundial?

En primer lugar, y puesto que se sitúa en el marco de un proceso, se plantea una cuestión puramente jurídica: ¿Se puede juzgar al Banco Mundial? Cuando optaron por el proceso, los investigadores marroquíes y sus asesores jurídicos en primer lugar debieron evaluar la posibilidad, o no, de enjuiciar al Banco Mundial. Desde su creación solo una demanda por acoso de una empleada del Banco Mundial en Estados Unidos se ha conocido hasta ahora y el resto fue rechazado por la jurisdicción competente. Las actuaciones judiciales tenían, por el contrario, la mención siguiente: «Estamos convencidos de que los miembros del Banco Mundial han tenido la intención de suprimir la inmunidad del Banco solo para las acciones dirigidas a sus actividades externas y los contratos y no para las acciones provocadas por sus funcionarios» (2). Eso significaría, pues, que las acciones externas del Banco Mundial podrían someterse a juicio. Por otra parte, los demandantes se basan en una investigación efectuada por el CADTM que concluye que se puede juzgar al Banco Mundial según el artículo 7, sección 3 de sus propios estatutos: «Únicamente se podrá entablar acción judicial contra el Banco ante un tribunal que tenga jurisdicción en los territorios de un Estado miembro en donde el Banco posea una sucursal donde haya nombrado un agente para recibir requerimientos o notificaciones de requerimientos, o donde haya emitido o garantizado acciones ». Dado que el Banco Mundial posee una oficina en Rabat, está claro que se le puede enjuiciar. Después de dar muchas largas, la oficina del Banco Mundial de Rabat finalmente aceptó comparecer ante la justicia marroquí, lo que supone una primicia mundial. Pero ante el tribunal, sus abogados continuaron apelando a la inmunidad diplomática, invocando esta vez no los estatutos del Banco, sino «el acuerdo de sede», firmado con las autoridades marroquíes en 1998…

De hecho, detrás de esta cuestión puramente jurídica se plantea la cuestión más amplia de la rendición de cuentas de la institución. ¿A quién rinde cuentas el Banco Mundial? El Bélgica, la financiación del Banco Mundial está garantizada por el presupuesto de cooperación al desarrollo, mientras que el poder de decisión corresponde al SPF Finances. Bélgica suministra además una financiación estructural, que por lo tanto no está vinculada a los proyectos específicos, sino al funcionamiento global de la institución.

Una financiación global, una gestión híbrida, se juntan todos los elementos para que el control belga de los presupuestos asignados al Banco Mundial sea difícil. Ahora bien, las prácticas del Banco Mundial a menudo van en contra de las orientaciones defendidas por la cooperación belga.

Implicaciones en el ámbito de la agricultura

Con el fin de evitar un juicio de intenciones, Najib Akesbi y sus colegas consideraron que esa no era la cuestión, pero los que falsificaron los datos de su informe debían explicar por qué cometieron un acto tan grave. Pero en cualquier caso está bien para sacar a la luz ese tipo de prácticas de la institución el enfoque que les ha empujado hasta el proceso. En efecto, el Banco mundial tiene una influencia considerable en las políticas, en especial las agrícolas, que llevan a cabo los gobiernos del Sur. Y el Banco Mundial promueve esencialmente la liberalización, la apertura de los mercados, en resumen todo para el mercado y los negocios. Una posición que a menudo va contra los derechos económicos y sociales de las poblaciones de los países que deben seguir sus recomendaciones. Durante una mesa redonda sobre la coherencia de las políticas para el derecho a la alimentación organizada en 2013 en el Parlamento Federal, las ONG ya sacaron a la luz la separación que existe entre la política belga en materia de apoyo a la agricultura familiar y la seguridad alimentaria (3), así como las prácticas del Banco Mundial, que consisten en alentar el acaparamiento de tierras. Las ONG también señalaron la falta de control por parte de los responsables políticos belgas de las políticas que lleva a cabo el Banco Mundial (4).

Recientemente, la campaña Nuestras tierras, nuestro negocio, lanzada por el Oakland Institute y seguida por numerosas organizaciones en todo el mundo (5), ha señalado el papel nefasto del nuevo programa Benchmarking the Business of Agriculture sobre el derecho a la alimentación de las poblaciones. Basado en el modelo del «Doing Business», está destinado a proporcionar a los inversores extranjeros un índice del grado de apertura del sector agrícola de los diversos países. Ese índice permitirá en particular conocer el nivel de facilidad con el cual un inversor puede adquirir las tierras en el país, favoreciendo así la suavización de las medidas administrativas y, como consecuencia directa, el acaparamiento de tierras. Ya se han realizado algunos estudios pilotos dirigidos al establecimiento de ese índice en una decena de países, entre ellos Marruecos. Imaginemos, pues, que los estudios en los que se basan esos índices pudieran estar mutilados como en el caso de los datos recogidos por la oficina de investigación en el programa «Ruralstruc». Las consecuencias podrían ser considerables.

El concepto de asociación del Banco Mundial

Finalmente, el lugar de los investigadores del Sur en las investigaciones producidas por el Banco Mundial es igualmente discutible a la vista de las reacciones de la institución frente a las objeciones de Najib Akesbi y sus colegas. Más allá de las cuestiones jurídicas de la propiedad intelectual, es el concepto de asociación que defiende el Banco Mundial lo que se cuestiona. Cuando los investigadores del Norte y del Sur colaboran, este asunto demuestra que en última instancia solo la opinión de los primeros parece tomarse en cuenta. Ironía de la historia o pura hipocresía, la web del CIRAD, que llevaba la coordinación del proyecto, recuerda que el trabajo de investigación en el marco de «Ruralstruc» se efectuó con un «enfoque innovador» de «asociación con siete equipos nacionales que recoge, analiza los datos y participa en el debate de los resultados del programa en su país y a nivel internacional» (6).
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Notas:
(1) Para más información sobre los detalles del asunto de los investigadores marroquíes contra el Banco Mundial, ver la web del CADTM.
(2) Mendaro v. World Bank, US Court of Appeals, D.C Cir., Sept. 27, 1983 (717 F.2d 610).
(3) Ver Note stratégique pour le secteur de l’agriculture et de la sécurité alimentaire, octubre 2010.
(4) Ver el dossier elaborado con ocasión de la tabla redonda sobre el papel del Parlamento en la coherencia de las políticas para el derecho a la alimentación, organizado el 10 de junio de 2013 en el Parlamento Federal por la Coalición contra el Hambre (CNCD 11.11.11y 11.11.11) coalition contre la faim.
(5) Para la implicación de las organizaciones belgas francófonas, ver la web de la Plataforma Soberanía Alimentaria.
(6) Descripción del proyecto Ruralstruc en la web del CIRAD.

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